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Prisión preventiva oficiosa, debate desinformado

En días recientes se originó un debate por la prisión preventiva oficiosa. Si bien este debate podría parecer algo abstracto o ajeno al ciudadano promedio, el sustento de las opiniones parece favorecer la idea de conservar está figura jurídica.

La prisión preventiva oficiosa es una medida que priva de la libertad, durante su proceso, a una persona acusada sin haber sido juzgada. Lo anterior con el fin de asegurar la integridad de víctimas o testigos y el desarrollo de la investigación hasta el dictamen de la sentencia. En México en el 2019, se hizo una reforma al artículo 19 constitucional en la cual se agregaron crímenes a los que se puede aplicar esta medida cautelar.

La reforma incluyó delitos en materia de corrupción y electorales, que vinieron a sumarse a los ya establecidos en materia de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas. También estaban ya delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos graves que determina la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

El 5 de septiembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició la discusión sobre la posible modificación para la inaplicabilidad de la Prisión Preventiva Oficiosa de manera automática y en algunos casos. Actualmente la Constitución mexicana permite solo dos años en prisión preventiva, pasado este tiempo el imputado deberá ser puesto en libertad sino se consigue demostrar su culpabilidad por el delito que se le acusa.

Sin embargo, asociaciones civiles y organismos no gubernamentales como México Evalúa y Amnistía Internacional México, han denunciado en más de una oportunidad que muchos acusados son privados de su libertad hasta por cinco o 10 años en tanto se desahogan sus procesos. En algunos casos los acusados terminan encontrándose inocentes y pagan con prisión la violación a su derecho a la presunción de inocencia.

En la declaración de los Derechos Humanos Universales en su artículo 11 numeral 1, se establece que debe haber presunción de inocencia mientras no se pruebe culpabilidad. Por tanto, todo acusado debe tener derecho al debido proceso para recibir una sentencia según sea el caso sin que se vean comprometidos otros derechos como el de la libertad personal.

Por su relevancia y por ser un tema que ha estado en la discusión pública desde hace tiempo, Parametria cuenta con una serie sobre prisión preventiva desde hace 15 años. En términos de opinión pública, cuando se sospecha que una persona cometió un delito debe considerársele “culpable” hasta que se demuestre lo contrario” o “inocente. Opinión que ha cambiado o incluso se ha revertido recientemente.

En 2007 el 56% de los encuestados opinaba que, ante una acusación, al presunto culpable debía considerársele inocente y el 31% opinaba lo contrario. Pero para la última medición en 2022 la diferencia no es tan evidente. En esta oportunidad 47% cree que debe considerársele culpable y el otro 47% opina que debe considerársele inocente hasta que se demuestre lo contrario. Es decir, hay un cuestionamiento implícito a la presunción de inocencia.

Ante el debate sobre la suspensión de la prisión preventiva el 56% opina que una persona que está esperando ser juzgada debe permanecer en prisión en contraste con un 37% que opina que debe enfrentar su proceso en libertad. Nuevamente el cambio respecto a años anteriores es notable. Mientras en años anteriores se pensaba que se debería dar mayores beneficios a la presunción de inocencia, y a la libertad del acusado, hoy día estamos ante un público más punitivo.

En la última medición de 2022, la opinión pública muestra que 5 de cada 10 mexicanos no sabe qué es la prisión preventiva ni cómo es aplicada a los imputados. Por ello parece ser una decisión muy desinformada. A pesar de lo anterior, 48% de los encuestados considera que la prisión preventiva debe ser aplicada para todos los delitos. En tanto, 49% cree que debe ser aplicada solo para algunos de ellos.

Aun cuando ha habido cobertura mediática sobre el tema, 8 de cada 10 mexicanos no tiene conocimiento de que se está planteando la posibilidad de la eliminación de la prisión preventiva automática. Y ante la pregunta clave sobre estar de acuerdo o no con su eliminación 71% de los encuestados están en desacuerdo a que se elimine y solo 18% está de acuerdo con que se apruebe la inaplicabilidad. Solo 1 de cada 10 mexicanos no tiene una opinión concreta sobre este tema.

Por los niveles de conocimiento que se registran del debate, parece que el ciudadano no está muy involucrado en el debate. Sus niveles de conocimiento son muy bajos, pero aun así expresa una opinión clara.

Abogados y ministros se encuentran en el debate de si la Suprema Corte está facultada o no para invalidar estatutos de la constitución. Los argumentos de los que abogan en favor del proyecto de modificación giran en torno al incumplimiento a los DDHH, a la libertad personal y a la presunción de inocencia que tiene la medida cautelar. Hasta ahora no ha habido un dictamen final. Seguimos a la expectativa de lo que resolverán en la SCJN.

Sin embargo, la opinión pública parece tener una opinión muy clara y que ha cambiado recientemente. Parece una crítica implícita al sistema judicial a falta de la capacidad para procesar delincuentes. Ante un sistema de justicia deficiente, prefiere una prisión preventiva.

Nota Metodológica: Población objetivo: Personas mayores de 18 años con credencial para votar vigente. Representatividad: Nacional. N° de encuestas: 800 entrevistas cara a cara en vivienda realizadas del 28 de agosto al 1 de septiembre del 2022. Método de muestreo: aleatorio sistemático con probabilidad de selección proporcional al tamaño. Marco muestral: secciones electorales reportadas por el INE. Nivel de confianza estadística: 95%. Margen de error (+/-) 3.5 %. Diseño de cuestionario, muestra, operativo de campo y análisis: Parametria S.A. de C.V.

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